INDUSTRIALES  SOLICITAN AL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA Nulidad de solvencia laboral

La Confederación Venezolana de Industriales –Conindustria- en representación de sus organizaciones y empresa afiliadas introdujo el 30/3/2006 ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) una demanda de nulidad contra el decreto de solvencia laboral por considerarlo inconstitucional e ilegal.

El decreto que entra el vigencia el  lunes 03 de abril de 2006 considera que fue dictado "sin cumplir con los procedimientos de participación ciudadana establecidos en la ley, vulnerando el principio o garantía de la reserva legal y violentando el derecho a la libertad económica, la tutela judicial efectiva, el derecho a ser juzgado por el juez natural, socavando la garantía de no ser juzgados dos veces por los mismos hechos, así como el principio de buena fe en las gestiones administrativas.

Adicional al recurso de nulidad se solicitó una medida cautelar para evitar que el decreto entre en vigencia tal como está previsto, hasta que se dicte sentencia definitiva.

La acción judicial se presentó ante el TSJ por el presidente encargado de Conindustria, Carlos Larrazábal, quien estuvo asistido por los abogados Carlos Ayala Corao, Gustavo Linares Benzo y Rafael Chavero Gazdik.

La solvencia laboral es un documento indispensable para que las empresas puedan solicitar divisas ante Cadivi, obtener licencias de importación y exportación, solicitar créditos del sistema financiero público, recibir asistencia técnica y servicios no financieros, participar en procesos de licitación, renegociar deudas con el Estado, recibir apoyo y protección integral para la innovación y ampliación tecnológica, por lo que su expedición debe cumplir previamente con todos los procedimientos previos establecidos por ley, antes de su promulgación.  

 

De su interés:

Información  sobre  demanda de nulidad decreto de solvencia laboral introducida por Conindustria. Ver texto de la demanda.

Información sobre solvencia laboral en Ministerio del Trabajo: http://www.mintra.gov.ve

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