En este documento de trabajo, Felicia Salerno, Asesora en Materia Aduanera y Arancelaria, Cecilia Castillo, Presidente Ejecutiva de Conindustria y Amanda Gómez, Gerente de Comunicación e Imagen de Conindustria, analizan las principales y negativas implicaciones que tiene para el sector industrial, la prórroga de exoneración del impuesto de Importación, Tasa por Determinación del Régimen Aduanero e IVA, de los ítems contenidos en el Decreto No. 4.080, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 6.497, del 26 de diciembre de 2.020.
a. 58,37% (2.918 subpartidas) corresponden a “materias primas, insumos, intermedios y semimanufacturas”. De estos, 52% (1.523 subpartidas) se refiere a “productos químicos”, lo que afecta en gran medida al sector manufacturero en general, por ser el subsector químico de carácter transversal (insumos requeridos por la mayoría de los subsectores productivos).
b. 28,55% (1.427 subpartidas) se refiere a “maquinarias, aparatos, material eléctrico, instrumentos y aparatos de análisis y control”, también requeridos por el sector industrial.
c. 86,92% del total excluido, es la suma de las “materias primas…”, y de las “maquinarias…” (4.345 subpartidas), indispensables para “estimular el aparato productivo nacional”.
d. Y solo excluyeron el 13,08% (654 subpartidas) de “productos terminados”.
Particularmente:
En conclusión, este Decreto promueve una vez más, la importación y la comercialización de bienes finales, ya que con medidas de este tipo, se beneficia al trabajador de otras latitudes y se generan riquezas para empresarios foráneos e intermediarios.
Peor aún, con este Decreto, el Gobierno, lejos de alcanzar el objetivo que expresa en los considerandos de la norma en cuestión, continúa contribuyendo, inequívocamente, al cierre de más establecimientos industriales, con el consecuente desempleo y disminución de exportaciones, en perjuicio del ingreso del grupo familiar y en la contracción aún mayor de la demanda de bienes producidos en Venezuela.